lunes, 8 de enero de 2018

Como? y Cuando? solicitar Beca de una Acción Formativa para el Empleo

Como? y Cuando? solicitar Beca para una Acción Formativa



La Consejería de Empleo, Empresa y Comercio destina becas y ayudas económicas para l@s desemplead@s participantes en acciones formativas de Formación Profesional para el Empleo.



Podrán solicitar ayudas en concepto de transporte, manutención y alojamiento, así como ayudas que permitan conciliar su asistencia a la formación con el cuidado de hijos menores de seis años o familiares dependientes.
Asimismo, podrán solicitar  becas de asistencia  las personas con discapacidad y  personas a pertenecientes a colectivos como  desemplead@s con edades comprendidas entre 18 y 29 años o mayores de 45 años, que reúnan determinados requisitos (desempleados de larga duración, desempleados con menores a su cargo, no ser beneficiarios de subsidio de desempleo), al objeto de posibilitar su participación en la Acción Formativa.

Se reconocerán las siguientes modalidades:
1. Becas de asistencia para personas con discapacidad y otros colectivos con especiales dificultades de acceso al mercado laboral
2. Ayudas al transporte
3. Ayudas de manutención y alojamiento
4. Ayudas a la conciliación


¿ Cómo  y cuando Solicitar ?


L@s participantes tienen un plazo de 20 días hábiles, a partir del siguiente a la finalización de la acción formativa, para presentar su solicitud, que puede obtenerse en:


IMPORTANTE: Junto a la solicitud habrá de presentarse la siguiente documentación acreditativa en que se fundamente el derecho:
a) Documento acreditativo de la identidad del solicitante.
b) Para las ayudas de transporte público, deberán presentarse los títulos de viaje.
c) Para las ayudas por desplazamiento en transporte privado, deberá presentarse certificado de empadronamiento o residencia.
d) Para la ayuda por manutención deberá presentarse certificado de empadronamiento o residencia.
e) Para las ayudas por alojamiento, deberán presentarse certificados de empadronamiento o residencia, contrato de arrendamiento, facturas de hospedaje o cualquier otro documento admitido en Derecho.
f) Para las ayudas de transporte, manutención y alojamiento deberán presentarse billetes, facturas y demás documentos acreditativos tanto del gasto como del pago.
g) Para la beca por discapacidad, la condición de discapacidad deberá acreditarse mediante certificado expedido por la Consejería competente en materia de igualdad, bienestar social y/o políticas sociales.
h) Para las becas a percibir por las personas desempleadas de entre 18 a 29 años o mayores de 45 años con especiales dificultades de inserción, deberá aportarse Libro de Familia y/o cualquier otro documento que acredite fehacientemente el límite de renta.
i) Para las ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral, deberá aportarse Libro de Familia y documentación que acredite fehacientemente el cumplimiento del requisito exigido en el artículo 45.1.b).

¿Donde?

Vía online:  En el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía.

Registro:  En las sedes de las distintas Delegaciones Territoriales o Provinciales de la Consejería con competencia en formación profesional para el empleo.



Para más información  o  duda y facilitar la solicitud en Andalucía Orienta Ayuntamiento de Pilas pide tu cita: 955 752 942

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